A la luz de una sociedad posmoderna, compleja, de riesgos imprevisibles y ecológicamente inestable, las fuentes del derecho ambiental son cada vez más plurales y heterogéneas. En el presente caso de estudio, enmarcado dentro de la realidad del ordenamiento jurídico brasileño, la Constitución Federal de 1988 es el punto de partida de todo el procedimiento de interpretación y aplicación de las normas que protegen el medio ambiente. En este contexto, el objetivo de este artículo es presentar los aspectos más relevantes de la protección constitucional del medio ambiente en Brasil, al considerar esta disciplina como el eje lógico jurídico-ambiental brasileño y, por ende, la base del estudio del derecho ambiental. La legislación ambiental brasileña debe ser vistadesde la perspectiva de la crisis ambiental, la posmodernidad y el concepto de sociedad de riesgo en la medida en que las mutaciones normativas constitucionales contribuyen a la adecuación de la legislación a la realidad y, por lo tanto, al desarrollo progresivo de la disciplina del derecho ambiental.
A la luz de una sociedad posmoderna, compleja, de riesgos imprevisibles y ecológicamente inestable, las fuentes del derecho ambiental son cada vez más plurales y heterogéneas. En el presente caso de estudio, enmarcado dentro de la realidad del ordenamiento jurídico brasileño, la Constitución Federal de 1988 es el punto de partida de todo el procedimiento de interpretación y aplicación de las normas que protegen el medio ambiente. En este contexto, el objetivo de este artículo es presentar los aspectos más relevantes de la protección constitucional del medio ambiente en Brasil, al considerar esta disciplina como el eje lógico jurídico-ambiental brasileño y, por ende, la base del estudio del derecho ambiental. La legislación ambiental brasileña debe ser vistadesde la perspectiva de la crisis ambiental, la posmodernidad y el concepto de sociedad de riesgo en la medida en que las mutaciones normativas constitucionales contribuyen a la adecuación de la legislación a la realidad y, por lo tanto, al desarrollo progresivo de la disciplina del derecho ambiental.