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Business Improvement Districts y sostenibilidad urbana. A propósito de la regulación de las áreas de promoción de la actividad económica urbana en Cataluña

  • Datos identificativos

    Identificador: RP:4230
    Autores:
    Araguàs Galcerà, Irene
    Resumen:
    Este trabajo tiene por objeto analizar los problemas de que, desde el punto de vista ambiental, se derivan de las actividades comerciales en el modelo de ciudad dispersa, así como la contribución que, en este ámbito, pueden aportar los Business Improvement Districts (BID). Los BID se configuran como una fórmula de colaboración público-privada en virtud de la cual, en una zona de la ciudad delimitada previamente, la mayoría de los titulares de los negocios o, en su caso, los propietarios de los locales comerciales, deciden realizar unos pagos obligatorios destinados a mantener, desarrollar y promover esa zona, desarrollando funciones y servicios adicionales a los servicios públicos que contribuyen a la regeneración urbana y a combatir la descentralización. Esta figura, que tiene su origen en Canadá, se ha implantado, en los últimos años, en numerosos países europeos y todo parece indicar que, en breve, contará con una regulación completa en nuestro ordenamiento jurídico. La legislación catalana de comercio ha sido la primera en contemplar una figura equivalente —las Áreas de Promoción de la Actividad Económica Urbana— y, actualmente, se está tramitando un Proyecto de Ley que desarrolla su régimen jurídico.
  • Otros:

    Autor según el artículo: Araguàs Galcerà, Irene
    Palabras clave: Sostenibilidad urbana
    Resumen: Este trabajo tiene por objeto analizar los problemas de que, desde el punto de vista ambiental, se derivan de las actividades comerciales en el modelo de ciudad dispersa, así como la contribución que, en este ámbito, pueden aportar los Business Improvement Districts (BID). Los BID se configuran como una fórmula de colaboración público-privada en virtud de la cual, en una zona de la ciudad delimitada previamente, la mayoría de los titulares de los negocios o, en su caso, los propietarios de los locales comerciales, deciden realizar unos pagos obligatorios destinados a mantener, desarrollar y promover esa zona, desarrollando funciones y servicios adicionales a los servicios públicos que contribuyen a la regeneración urbana y a combatir la descentralización. Esta figura, que tiene su origen en Canadá, se ha implantado, en los últimos años, en numerosos países europeos y todo parece indicar que, en breve, contará con una regulación completa en nuestro ordenamiento jurídico. La legislación catalana de comercio ha sido la primera en contemplar una figura equivalente —las Áreas de Promoción de la Actividad Económica Urbana— y, actualmente, se está tramitando un Proyecto de Ley que desarrolla su régimen jurídico.
    Año de publicación de la revista: 2020
    Tipo de publicación: info:eu-repo/semantics/publishedVersion info:eu-repo/semantics/article