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La prestación económica por la gestión local de residuos (tercera parte): Establecimiento y tramitación

  • Datos identificativos

    Identificador: imarina:9281964
    Autores:
    Joan Pagès i Galtés
    Resumen:
    La Ley de Residuos impone a las entidades locales el establecimiento de una tasa o tarifa coactiva por el servicio de recogida de residuos. Se trata de un mandato claro que induce a sostener que estamos ante una tasa o tarifa de establecimiento obligatorio, hasta el punto de que su incumplimiento es susceptible de legitimar la subrogación del Estado o de la Comunidad autónoma en la aprobación de la ordenanza local. Sin embargo, la dificultad en tal subrogación y. sobretodo, la circunstancia de no anudar el legislador sectorial ninguna consecuencia jurídica al incumplimiento de este mandato, nos llevan a la conclusión de que el establecimiento de la tasa o tarifa es potestativo estando, pues, ante un mandato programático cuyos efectos jurídicos se limitan a servir de guía a la actuación local y de criterio interpretativo de la normativa vigente. Lo cual resulta relevante a la hora de concretar los distintos trámites del procedimiento de elaboración y aprobación de la ordenanza reguladora, ya de la tasa, ya de la tarifa coactiva.
  • Otros:

    Autor según el artículo: Joan Pagès i Galtés
    Departamento: Dret Privat, Processal i Financer
    Autor/es de la URV: Pagès Galtés, Joan
    Resumen: La Ley de Residuos impone a las entidades locales el establecimiento de una tasa o tarifa coactiva por el servicio de recogida de residuos. Se trata de un mandato claro que induce a sostener que estamos ante una tasa o tarifa de establecimiento obligatorio, hasta el punto de que su incumplimiento es susceptible de legitimar la subrogación del Estado o de la Comunidad autónoma en la aprobación de la ordenanza local. Sin embargo, la dificultad en tal subrogación y. sobretodo, la circunstancia de no anudar el legislador sectorial ninguna consecuencia jurídica al incumplimiento de este mandato, nos llevan a la conclusión de que el establecimiento de la tasa o tarifa es potestativo estando, pues, ante un mandato programático cuyos efectos jurídicos se limitan a servir de guía a la actuación local y de criterio interpretativo de la normativa vigente. Lo cual resulta relevante a la hora de concretar los distintos trámites del procedimiento de elaboración y aprobación de la ordenanza reguladora, ya de la tasa, ya de la tarifa coactiva.
    Áreas temáticas: Economia Dret Derecho financiero y tributario Derecho Ciencias sociales
    Acceso a la licencia de uso: https://creativecommons.org/licenses/by/3.0/es/
    Direcció de correo del autor: joan.pages@urv.cat
    Identificador del autor: 0000-0002-4287-6110
    Fecha de alta del registro: 2024-03-03
    Versión del articulo depositado: info:eu-repo/semantics/publishedVersion
    Enlace a la fuente original: https://tributoslocales.com/catalogo/
    Referencia al articulo segun fuente origial: Tributos Locales. (158): 53-143
    Referencia de l'ítem segons les normes APA: Joan Pagès i Galtés (2022). La prestación económica por la gestión local de residuos (tercera parte): Establecimiento y tramitación. Tributos Locales, (158), 53-143
    URL Documento de licencia: https://repositori.urv.cat/ca/proteccio-de-dades/
    Entidad: Universitat Rovira i Virgili
    Año de publicación de la revista: 2022
    Tipo de publicación: Journal Publications
  • Palabras clave:

    Economia
    Dret
    Derecho financiero y tributario
    Derecho
    Ciencias sociales
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