Identificador: TFG:24
Autores: Álvarez Abrio, Paula
Resumen:
Con este trabajo lo que se pretende es analizar si se produce una efectiva aplicación del derecho a la enseñanza religiosa del que disfrutan todas las personas, centrándonos únicamente en las religiones minoritarias con las cuales el Estado ha subscrito acuerdos de cooperación: religión evangélica, religión judía y religión islámica. La finalidad es poder concluir si se respetan los derechos de las religiones minoritarias en las escuelas públicas, en relación a los artículos 16 y 27.3 de la Constitución, centrándonos únicamente en la situación de éstas en Cataluña, dado que la competencia es compartida con el Estado, y es la Generalitat quien valora si se debe impartir esta asignatura o no. El esquema de este análisis consiste, primero, en explicar qué es el derecho a la libertad religiosa en tanto que derecho fundamental, explicando sus características, derecho del cual derivan los acuerdos de cooperación que el Estado mantiene con las confesiones religiosas y, a partir del cual, se pudo redactar el artículo que garantiza el derecho a una enseñanza religiosa. Posteriormente, me centro en la regulación del derecho a la enseñanza religiosa, tanto en los acuerdos de cooperación como con toda la normativa que regula la enseñanza, en el Estado español y en Cataluña. Por último, se analiza la implantación de esta normativa y la efectiva (o no) aplicación del derecho del que disfrutan las religiones minoritarias a poder recibir enseñanza religiosa de su confesión en las escuelas. Para poder realizar este estudio, se han consultado fuentes bibliográficas, artículos doctrinales y también datos facilitados por la Administración y las confesiones religiosas.